Resolución: TU VIAJE CON AMIGOS S.R.L. c- BANCO DE GALICIA Y BUENOS AIRES S.A.U. s.pdf
Carátula y datos de la causa
- Carátula: “TU VIAJE CON AMIGOS S.R.L. c/ BANCO DE GALICIA Y BUENOS AIRES S.A.U. s/ ORDINARIO”
- Número de expediente: COM N° 1017/2024
- Fecha de la resolución analizada: 07/11/2025
- Tribunal: Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial, Sala F.
- Funcionarios firmantes: Ernesto Lucchelli y Alejandra N. Tevez (Vocales de Cámara).
- Temas principales: Responsabilidad bancaria; estafa electrónica/phishing; inaplicabilidad de la Ley de Defensa del Consumidor a personas jurídicas; deber de seguridad; carga de la prueba en operaciones bancarias.
Hechos
La empresa de turismo “Tu Viaje Con Amigos S.R.L.”, en el contexto de una negociación para la venta de la empresa, supuestos compradores le exigieron tener cuentas operativas en el Banco Galicia. A solicitud de estos terceros, se procedió a la apertura de nuevas cuentas y al cierre de otras, aunque una cuenta quedó abierta o fue reabierta sin su conocimiento.
El 09/11/2023, la actora tomó conocimiento de una millonaria estafa, detectando transferencias internacionales por aproximadamente U$S 600.000 hacia empresas desconocidas. La actora alegó fallas de seguridad del Banco y responsabilidad objetiva.
Resolución
- Resolución del caso: Se rechazan las quejas de la parte actora y se confirma íntegramente la sentencia de grado que rechazó la demanda en todas sus partes , considerando inaplicable la legislación de consumo y no probada la falla de seguridad del banco, atribuyendo los hechos a la propia conducta de la actora o sus negociantes.
- Monto de daños mandados a pagar: No corresponde.
- Monto de daño moral:No corresponde.
- Forma de actualización del monto de daño moral: No corresponde.
- Monto de daño punitivo: No corresponde.
- Costas: Se imponen las costas de alzada a la parte actora, por resultar sustancialmente vencida.
- Gratuidad: Nada se dice respecto.
- Publicación de sentencia: Nada se dice al respecto.
Modificaciones respecto a la sentencia de primera instancia
- No hubo modificaciones. La Cámara Comercial resolvió confirmar íntegramente la sentencia de primera instancia.
- La inaplicabilidad de la Ley de Defensa del Consumidor: Se ratificó que la actora integraba los servicios bancarios a su proceso productivo/comercial y no actuaba como destinatario final.
- La ausencia de responsabilidad bancaria: Se confirmó que no se probó vulneración del sistema de seguridad (hackeo), sino que las operaciones se cursaron con credenciales y Token legítimos, presumiéndose que fueron realizadas por el gerente o entregadas voluntariamente a terceros en el marco de la negociación comercial.