Resolución: GORDILLO, MARÍA DE LOS ÁNGELES C- BANCO PATAGONIA S.A. S- ORDINARIO (2da instancia)pdf
Carátula y datos de la causa
- Carátula: “GORDILLO, MARIA DE LOS ANGELES c/ BANCO PATAGONIA S.A. /ORDINARIO”.
- Número de expediente: 12.684/2.020
- Fecha de la resolución analizada: 28/10/2025
- Tribunal: Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial, Sala E.
- Funcionarios firmantes: Alfredo Arturo Kölliker Frers, María Guadalupe Vásquez y Héctor Osvaldo Chómer.
- Temas principales: Responsabilidad bancaria por phishing; estafa informática; nulidad de contrato; deber de seguridad en banca electrónica; culpa concurrente de la víctima; responsabilidad objetiva.
Hechos
La consumidora promovió demanda, por ser víctima de phishing, contra Banco Patagonia S.A. reclamando daños y perjuicios derivados de una maniobra ilícita. El banco otorgó un préstamo personal de $227.000 que la actora no había solicitado, y el dinero fue inmediatamente sustraído junto con $20.000 que tenía depositados en su cuenta.
Resolución
- Resolución del caso: Se rechaza el recurso de la consumidora y se admite parcialmente el recurso de la demandada, estableciendo una responsabilidad concurrente (50% la actora y 50% el banco) en la producción del daño, reduciendo los montos de condena patrimonial a la mitad, confirmando la nulidad del préstamo, el monto de daño moral y el rechazo del daño punitivo.
- Monto de daños mandados a pagar: La demandada debe restituir el 50% de las sumas debitadas por las cuotas del préstamo y el 50% del dinero propio que la actora tenía en la cuenta y fue sustraído, sumando un total de capital por daño material de $35.565,10.
- Monto de daño moral: Se confirma el monto de $150.000.
- Forma de actualización del monto de daño moral: Intereses fijados en la sentencia de grado que no fueron objeto de cuestionamiento.
- Monto de daño punitivo: Se confirmó el rechazó el rubro. Consideración de las “canastas básicas total para el hogar 3 del INDEC”: No corresponde.
- Costas: Se distribuyen en el orden causado en ambas instancias.
- Gratuidad: Nada se dice al respecto.
- Publicación de sentencia: Se ordenó la publicación de la sentencia mediante la pertinente notificación al CIJ (Centro de Información Judicial).
Modificaciones respecto a la sentencia de primera instancia
- Atribución de Responsabilidad: La sentencia de primera instancia había imputado la totalidad (100%) de la responsabilidad al Banco Patagonia S.A.. La Cámara modificó este punto, estableciendo una responsabilidad concurrente distribuida en un 50% a cargo de la actora (por facilitar sus claves de acceso, configurando culpa de la víctima) y un 50% a cargo del banco (por responsabilidad objetiva y riesgo del sistema).
- Monto de Daño Material (Restitución): Como consecuencia de la responsabilidad compartida, se redujo la condena de restitución de fondos al 50%. En primera instancia se había ordenado devolver el 100% de las cuotas cobradas ($51.133,38) y el 100% del saldo en cuenta sustraído ($20.000). La Cámara ordenó devolver la mitad de dichos montos ($35.565,10 en total).
- Imposición de Costas: Se modificó la imposición de costas, que en primera instancia recaían sobre la demandada vencida, pasando a imponerse en el orden causado en ambas instancias debido al éxito parcial de los recursos.