Resolución: FARIA, MICAELA FABIANA C/ FCA S.A. DE AHORRO PARA FINES DETERMINADOS (1era instancia).pdf
Ver fallo de segunda instancia.
Carátula y datos de la causa
- Carátula del caso: “FARIA, MICAELA FABIANA C/ FCA S.A. DE AHORRO PARA FINES DETERMINADOS (FIAT PLAN) Y OTRO – ABREVIADO – CUMPLIMIENTO/RESOLUCION DE CONTRATO – TRAM. ORAL”.
- Número de expediente: 8749580
- Fecha de la resolución analizada: 20/09/2021
- Tribunal o Juzgado: Juzgado Primera Instancia Civil y Comercial, 27A Nominación, Córdoba.
- Funcionarios firmantes: Francisco Martin Flores (Juez de 1ra Instancia).
- Temas principales: Autoplan; deber de información; determinación del valor móvil.
Hechos
La consumidora suscribió un plan de ahorro con la administradora Fiat Plan para la adquisición de un vehículo Fiat Palio Attractive 1.4, el cual le fue adjudicado y entregado en agosto de 2016, gravándose con prenda para garantizar el saldo. A partir de enero de 2018, debido a procesos devaluatorios e inflacionarios, el valor móvil de las cuotas aumentó de manera desproporcionada, superando incluso los índices de inflación generales. La consumidora denunció que, tras discontinuarse la fabricación del modelo Palio, la administradora lo sustituyó por el modelo Argo Precision 1.8 (de mayor gama y precio) para el cálculo de las cuotas, en lugar del modelo Argo 1.3 GSE, que consideraba el sustituto natural. Ante la imposibilidad de afrontar los pagos por la excesiva onerosidad, la unidad le fue secuestrada mediante ejecución prendaria.
Resolución
- Resolución del caso: Se hizo lugar parcialmente a la demanda, se ordenó la restitución de los honorarios de administración, se concedió el rubro de daño punitivo y se impuso a las codemandadas unmandato preventivo. No obstante, se rechazó el pedido de devolución del vehículo y el rubro de privación de uso.
- Monto de daños mandados a pagar: $54.335,19 por restitución de los honorarios de administración
- Monto de daño moral: Nada se dice al respecto.
- Forma de actualización del monto de daño moral: No corresponde.
- Monto de daño punitivo: $1.000.000. Consideración de las “canastas básicas total para el hogar 3 del INDEC”: Para la cuantificación del rubro daño punitivo no se tuvo en consideración el concepto de canastas básicas total para el hogar 3 del INDEC por ser la resolución anterior a la vigencia de la ley 27.701 que modificó al art. 47 de la Ley de Defensa del Consumidor.
- Costas: Se imponen en un 100% a las codemandadas vencidas (solidariamente).
- Gratuidad: Nada se dice al respecto.
- Publicación de sentencia: Nada se dice al respecto.