Resolución: PAEZ SUSANA C. INDUSTRIAL AND COMMERCIAL BANK. OF CHINA (ARGENTINA) (2da instancia).pdf
Ver sentencia de primera instancia.
Carátula y datos de la causa
- Carátula del caso: “PAEZ SUSANA C/INDUSTRIAL AND COMMERCIAL BANK OF CHINA (ARGENTINA) -ABREVIADO” (expediente N° 190355/C11; citada también en los considerandos como “PAEZ SUSANA EDITH C/ INDUSTRIAL AND COMMERCIAL BANK OF CHINA (ARGENTINA) SAU S/ ABREVIADO”).
- Número de expediente: 190355/C11
- Fecha de la resolución analizada: 04/08/2026
- Tribunal o Juzgado: Sala Tercera de la Cámara de Apelaciones en lo Civil, Comercial y Minería de la Provincia de San Juan.
- Funcionarios firmantes: Juan Carlos Noguera Ramos y Juan Carlos Pérez (Jueces de Cámara).
- Temas principales: Deber de seguridad; homebanking; phishing; consumidora hipervulnerable.
Hechos
La consumidora constató la sustracción de $4.950.000 debitados de su cuenta sueldo del Banco ICBC mediante una transferencia no autorizada a un tercero tras haber operado por homebanking e interactuado con una ventana fraudulenta. Dicho dinero constituía sus ahorros para costear el tratamiento médico urgente e impostergable de su hija de 10 años, diagnosticada con retraso de crecimiento y pubertad precoz. La entidad bancaria desestimó el reclamo inicial y, posteriormente, en sede administrativa ante la Dirección de Defensa al Consumidor, dilató la respuesta ofreciendo acuerdos transaccionales parciales y progresivos que fueron rechazados por la clienta.
Resolución
- Resolución del caso: La Cámara de Apelaciones resolvió rechazar los recursos de apelación deducidos tanto por la parte demandada como por la parte actora, confirmando la sentencia definitiva de primera instancia y su aclaratoria en todo cuanto fue materia de agravio.
- Monto de daños mandados a pagar: Se confirmó el monto en concepto de daño patrimonial ($4.950.000 reintegro del dinero transferido).
- Monto de daño moral: Se confirma el monto de primera instancia ($7.000.000).
- Forma de actualización del monto de daño moral: Se confirmó la cuantificación fijada en primera instancia/aclaratoria.
- Monto de daño punitivo: Se confirma el monto de primera instancia (65 canastas básicas totales para el hogar 3). Consideración de las “canastas básicas total para el hogar 3 del INDEC”: La resolución es posterior al 01/12/2022 y sí se tuvo en consideración dicho concepto.
- Costas: Las costas fueron impuestas por su orden.
- Gratuidad: Se aplica a en beneficio a la consumidora.
Modificaciones respecto a la sentencia de primera instancia
Se confirmó la condena establecida en primera instancia con su aclaratoria correspondiente.