BENEJAM, ONOFRE ALEJANDRO C/ TELECOM ARGENTINA S.A. (2da instancia)

Resolución: BENEJAM c. TELECOM (2da instancia).pdf

Carátula y datos de la causa

  • Carátula del caso: “BENEJAM, ONOFRE ALEJANDRO C/ TELECOM ARGENTINA S.A. – ABREVIADO – CUMPLIMIENTO / RESOLUCION DE CONTRATO – RECURSO DE APELACION”
  • Número de expediente: 2196285/36
  • Fecha de la resolución: 08/04/2014
  • Tribunal o Juzgado: Cámara de Apelaciones en lo Civil y Comercial de Córdoba, 6A Nominación, Córdoba.
  • Funcionarios firmantes: Silvia B. Palacio de Caeiro, Alberto F. Zarza, Walter Adrián Simes (Vocales de Cámara)
  • Temas principales: Incumplimiento contractual; prestación del servicio de telefonía domiciliaria; demora injustificada.

Hechos

El consumidor, Sr. Onofre Alejandro Benejam, solicitó la conexión de una línea telefónica domiciliaria y abonó el cargo correspondiente por conexión. Telecom Argentina S.A. informó en forma inicial que se encontraba en condiciones de instalar la línea, pero posteriormente incurrió en una demora prolongada e injustificada en el cumplimiento de la prestación, sustentando, entre otros argumentos, la falta de pares vacantes en el edificio y excusas que no fueron debidamente probadas ni comunicadas al consumidor.

Ante la falta de información y la reiterada omisión en la prestación del servicio –incluso tras la intervención y resolución emitida por el ente regulador (CNC)– el actor se vio obligado a recurrir a la vía judicial.

Resolución

  • Resolución del caso: Se rechaza el recurso de apelación interpuesto por la demandada, confirmándose íntegramente la sentencia de primera instancia.
  • Monto de daños mandados a pagar: Daño moral y daño punitivo.
  • Monto de daño moral: Confirma el monto de $7.000.
  • Forma de actualización del monto de daño moral: Se mantiene la actualización mediante la aplicación de la tasa de interés moratorio, consistente en la tasa pasiva promedio mensual publicada por el BCRA, con un aditamento del 2% nominal mensual.
  • Monto de daño punitivo: Confirma el monto de $20.000. Concepto de “canastas básicas total para el hogar 3 del INDEC” en la cuantificación del daño punitivo: Para la cuantificación del rubro daño punitivo no se tuvo en consideración el concepto de canastas básicas total para el hogar 3 del INDEC por ser la resolución anterior a la vigencia de la Ley 27.701 que modificó el art. 47 de la Ley de Defensa del Consumidor.
  • Costas: Se imponen en su totalidad a la parte apelante (Telecom Argentina S.A.), en razón de haber resultado vencida en la instancia de alzada.
  • Gratuidad: Nada se dice al respecto.
  • Publicación de sentencia: Nada se dice al respecto.

Modificaciones respecto a la sentencia de primera instancia

  1. Confirmación integral: La resolución de segunda instancia rechaza el recurso de apelación interpuesto por la demandada y confirma en todas sus partes la sentencia de primera instancia, preservando tanto la fundamentación como la cuantificación de los daños punitivos y del daño moral.
  2. Costas: Se impone la totalidad de las costas de la Alzada a la parte apelante.
  3. Cuantificación de daños: No se modifican los montos inicialmente fijados para el daño moral ni el daño punitivo, manteniéndose los criterios de actualización y la estructura de los montos condenados.

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