BLANCO SERGIO ALBERTO C/ INC S.A. (2da instancia)

Resolución:BLANCO c. INC SA (Carrefour).pdf

Carátula y datos de la causa

  • Carátula del caso: “BLANCO SERGIO ALBERTO C/ INC S.A. – ABREVIADO – COBRO DE PESOS – RECURSO DE APELACIÓN (EXPTE. N° 6063465)”
  • Número de expediente: 6063465
  • Fecha de la resolución: 19/06/2018
  • Tribunal o Juzgado: Cámara de Apelaciones en lo Civil y Comercial, 4A Nominación, Córdoba.
  • Funcionarios firmantes: Raúl Eduardo Fernández, Federico Alejandro Ossola (Vocales de Cámara).
  • Temas principales: Incumplimiento contractual; entrega de producto defectuoso; comercialización de un producto usado; falta de control de calidad.

Hechos

El consumidor adquirió una cocina en la empresa Carrefour, habiendo abonado el precio del producto más el correspondiente flete. Al recibirla en su domicilio, constató la falta de un elemento esencial para su funcionamiento y verificó, por medio de un informe técnico, la existencia de defectos graves en la unidad, evidenciando que la misma había sido objeto de una venta anterior y devuelta por desperfectos (pérdida de gas en cuatro de los cinco robinetes). Ante esta situación, el actor realizó reiterados reclamos ante la Dirección de Defensa del Consumidor, sin obtener respuesta o solución por parte de la demandada, la cual mantuvo una conducta de indiferencia y negación de los hechos.

Resolución

  • Resolución del caso: Se revoca lo dispuesto en la sentencia impugnada en cuanto al rechazo del rubro daño moral y, en consecuencia, se acoge el recurso de apelación incoado por la parte actora. Asimismo, se eleva el monto del daño punitivo, se regulan los honorarios profesionales y se imponen las costas de ambas instancias a la parte demandada.
  • Monto de daños mandados a pagar: Daño moral y daño punitivo.
  • Monto de daño moral: Se condena a la parte demandada al pago de la suma de $9.000.
  • Forma de actualización del monto de daño moral: Intereses por mora desde la fecha de la demanda hasta el día de esta resolución a una tasa pura del ocho por ciento (8%) anual. Una vez vencido el plazo de diez días que se fija para el cumplimiento de esta condena y hasta su efectivo pago, devengará una tasa de interés equivalente a la tasa pasiva del BCRA con más el 2% mensual.
  • Monto de daño punitivo: Se fija en la suma de $200.000. Consideración del concepto de “canastas básicas total para el hogar 3 del INDEC”: Para la cuantificación del rubro daño punitivo no se tuvo en consideración el concepto de canastas básicas total para el hogar 3 del INDEC por ser la resolución anterior a la vigencia de la ley 27.701 que modificó al art. 47 de la Ley de Defensa del Consumidor.
  • Costas: Las costas devengadas en ambas instancias se imponen en su totalidad a la parte demandada.
  • Gratuidad: Nada se dice al respecto.
  • Publicación de sentencia: Nada se dice al respecto.

Modificaciones respecto a la sentencia de primera instancia

  1. Se revoca la decisión de la instancia de origen en cuanto al rechazo del rubro daño moral, admitiendo expresamente la indemnización a favor del actor.
  2. Se eleva el monto del daño punitivo, fijándolo en $200.000, modificando la cuantificación realizada en primera instancia
  3. Se tiene por desistido el recurso de apelación interpuesto por la parte demandada, sin que le sean impuestos costas en su recurso, manteniéndose la imposición de costas en ambas instancias sobre la parte demandada.

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