CEBALLOS, Alejandro C/ BBVA BANCO FRANCES S. A. (2da instancia)

Resolución: Ceballos, Alejandro c/ BBVA Banco Francés S.A. Ordinarios Otros (2da instancia)

Carátula y datos de la causa

  • Carátula del caso: “CEBALLOS, Alejandro c/ BBVA BANCO FRANCES S. A. ORDINARIOS OTROS 2428978/36”
  • Número de expediente: 2428978/36
  • Fecha de la resolución: 04/10/2016
  • Tribunal o Juzgado: Cámara de Apelaciones en lo Civil y Comercial de Córdoba, 8A Nominación, Córdoba.
  • Funcionarios firmantes: Graciela Junyent Bas, Héctor Hugo Liendo, José Manuel Díaz Reyna (Vocales de Cámara).
  • Temas principales: Conducta abusiva y administración deficiente; multiplicación de deuda inexistente; negligencia en la corrección de errores; fallas en el manejo de resúmenes de cuenta.

Hechos

El actor, Sr. Alejandro Ceballos, interpuso demanda contra BBVA Banco Francés S. A. alegando que la entidad financiera adoptó conductas abusivas en el manejo de su cuenta y en la administración de sus resúmenes de cuenta. Se reclamó que se generó una deuda inexistente a partir de un error –inicialmente de $0,29– que fue multiplicado de forma desproporcionada, derivado de múltiples fallas en el sistema y en la gestión administrativa del banco.

Resolución

  • Resolución del caso: El Tribunal rechaza el recurso de apelación interpuesto por el demandado y hace lugar, de forma parcial, al recurso de apelación del actor, en tanto se evidencia la existencia de conductas negligentes por parte del banco en perjuicio de los derechos del consumidor.
  • Monto de daños mandados a pagar: Daño moral y daño punitivo.
  • Monto de daño moral: $30.000.
  • Forma de actualización del monto de daño moral: Intereses según lo establecido en primera instancia.
  • Monto de daño punitivo: Se establece en la suma de $200.000. Consideración relativa a canastas básicas: Para la cuantificación del rubro daño punitivo no se tuvo en consideración el concepto de canastas básicas total para el hogar 3 del INDEC por ser la resolución anterior a la vigencia de la ley 27.701 que modificó al art. 47 de la Ley de Defensa del Consumidor.
  • Costas: En el marco de la presente instancia se distribuyen de manera que se asigna un 95% a cargo del demandado y un 5% a cargo del actor.
  • Gratuidad: Nada se dice al respecto.
  • Publicación de sentencia: Se ordena que se publique una síntesis de la presente resolución en un diario de gran circulación en la Provincia de Córdoba.

Modificaciones respecto a la sentencia de primera instancia

  • Admisión de recursos: Se rechaza la apelación interpuesta por el demandado, mientras que se hace lugar, en parte, al recurso de apelación del actor.
  • Daño moral: Se incrementa el monto del daño moral, fijándolo en $30.000, en contraste con lo resuelto en primera instancia.
  • Daño punitivo: Se incrementa el monto del daño punitivo, estableciéndose en $200.000, superando el valor asignado en la sentencia de primera instancia.
  • Costas: Se ajusta la imposición de costas, determinándose una distribución del 95% a cargo del demandado y un 5% a cargo del actor, en comparación con lo acordado en la instancia inferior, donde las costas se imponen a cargo del demandado.
  • Orden de publicación: Se incorpora publicar una síntesis de la resolución, disposición que no figura en la sentencia de primera instancia.

 

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