Ver sentencia de primera instancia.
Carátula y datos de la causa
- Carátula del caso: “MAIER, ADRIÁN FRANCISCO C/ E.P.E.C. – EMPRESA PROVINCIAL DE ENERGÍA DE CÓRDOBA – ABREVIADO – DAÑOS Y PERJUICIOS – OTRAS FORMAS DE RESPONSABILIDAD EXTRACONTRACTUAL”
- Número de expediente: 6965690
- Fecha de la resolución: 22/09/2020
- Tribunal o Juzgado: Cámara de Apelaciones en lo Civil y Comercial, 1A Nominación, Córdoba.
- Funcionarios firmantes: Leonardo C. González Zamar, Julio C. Sánchez Torres, Guillermo P. B. Tinti (Vocales de Cámara).
- Temas principales: Sobrecarga eléctrica; incumplimiento del deber de seguridad; servicio público de electricidad.
Hechos
El actor, Adrián Francisco Maier, promovió demanda abreviada contra la Empresa Provincial de Energía de Córdoba (EPEC) por los daños ocasionados en sus artefactos eléctricos y su instalación domiciliaria debido a una sobrecarga eléctrica provocada por la falta de mantenimiento del tendido eléctrico (cables tocados por ramas de árboles). El evento ocurrió el 19/02/2016. La situación produjo una recepción de 380 volts en lugar de los 220 volts regulares. La empresa demandada negó responsabilidad y argumentó no haber registrado irregularidades ni fallas técnicas en el suministro.
El demandante relató que el reclamo ante la empresa no fue atendido en tiempo oportuno debido a paralizaciones gremiales. Las pericias confirmaron la conexión entre el estado deficiente del tendido eléctrico y el evento dañoso.
Resolución
- Resolución del caso: Se rechaza el recurso de apelación interpuesto por la parte demandada, confirmándose la sentencia de primera instancia en todo lo que fue motivo de agravio.
- Monto de daños mandados a pagar: Confirmado el monto de $27,310 en concepto de daño material.
- Monto de daño moral: Confirmado el monto de $5,000. La actualización de este monto se calculará conforme a la tasa pasiva del Banco Central de la República Argentina más el 2% mensual nominal.
- Monto de daño punitivo: No se otorgó ni se menciona.
- Costas: Imposición de costas en su totalidad a la parte demandada en calidad de vencida.
- Gratuidad: Nada se dice al respecto.
- Publicación de sentencia: Nada se dice al respecto.
Modificaciones respecto a la sentencia de primera instancia
La Cámara de Apelaciones confirma la sentencia de primera instancia en todos los puntos objeto de recurso, rechazando los agravios de la demandada. No se efectúan modificaciones sustanciales ni en la atribución de responsabilidad, ni en los montos indemnizatorios ya dispuestos, ni en la imposición de costas.