MARTÍNEZ, VÍCTOR CRISTIAN C/ EMERGENCIA MÉDICA INTEGRAL S.A.

Resolución: MARTINEZ c. EMERGENCIA MEDICA INTEGRAL SA.pdf

Carátula y datos de la causa

  • Carátula del caso: “MARTÍNEZ, VÍCTOR CRISTIAN C/ EMERGENCIA MÉDICA INTEGRAL S.A. – ABREVIADO – OTROS – TRAM. ORAL”
  • Número de expediente: 11661790
  • Fecha de la resolución: 14/11/2023
  • Tribunal o Juzgado: Juzgado de Primera Instancia Civil y Comercial, 20A Nominación, Córdoba.
  • Funcionario firmante: Jorge Alfredo Arévalo (Juez de 1era Instancia).
  • Temas principales: Servicios de salud; incumplimiento contractual en asistencia médica domiciliaria; consumidor hipervulnerable.

Hechos

Víctor C. Martínez (afiliado a EMI bajo plan Daspu) sufrió una caída y síncope en su domicilio. Su familia llamó reiteradamente al servicio de emergencias de EMI, sin que aquella concurriera en todo el día. Ante la falta de respuesta, contrataron por sus medios un enfermero privado, quien certificó estado de urgencia y recomendó insistir con EMI. La empresa negó haber incurrido en omisión deliberada: sostuvo que el llamado no fue calificado como “Código Rojo”, que la familia canceló el pedido antes de la llegada de la unidad y se rehusó a aportar registros telefónicos de las llamadas.

Resolución

  • Resolución del caso: Se hace lugar a la demanda por incumplimiento de prestación de servicio de emergencia médica; se declara la responsabilidad objetiva de EMI y la condena se extiende a su aseguradora en garantía.
  • Monto de daños mandados a pagar: Daño moral y daño punitivo.
  • Monto de daño moral: $ 800.000. 
  • Forma de actualización del monto de daño moral: intereses desde el 13/06/2022 hasta su efectivo pago, a la tasa pasiva del BCRA más 2 % nominal mensual hasta el 01/09/2022; más 3 % desde el 02/09/2022 hasta el 09/04/2023; más 4 % a partir del 10/04/2023.
  • Monto de daño punitivo: $ 1.500.000. Consideración de las “canastas básicas total para el hogar 3 del INDEC”: Para la cuantificación del rubro daño punitivo no se tuvo en consideración el concepto de “canastas básicas total para el hogar 3 del INDEC” a pesar de ser la resolución posterior a la vigencia de la Ley 27.701 que modificó el art. 47 de la LDC.
  • Costas: 100 % a cargo de Emergencia Médica Integral S.A., con extensión a Prudencia Seguros SA en los términos y límites de la póliza.
  • Gratuidad: Nada se dice al respecto.
  • Publicación de sentencia: Nada se dice al respecto.

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