Resolución: ALVAREZ, ADRIANA VIRGINIA C. CHEVROLET SA DE AHORRO PARA FINES DETERMINADOS (1ra instancia).pdf
Carátula y datos de la causa
- Carátula del caso: “ALVAREZ, ADRIANA VIRGINIA C/ CHEVROLET SA DE AHORRO PARA FINES DETERMINADOS”
- Número de expediente: 13809782
- Fecha de la resolución: 09/10/2026
- Tribunal o Juzgado: Juzgado de Primera Instancia Civil y Comercial, 8A Nominación, Córdoba.
- Funcionarios firmantes: Nicolás Maina (Juez de 1era instancia).
- Temas principales: Cumplimiento y resolución de contrato; deber de información; medida cautelar aplicada a un plan de ahorro; cancelación de prenda.
Hechos
La consumidora suscribió un contrato de plan de ahorro con la empresa demandada para adquirir un vehículo 0km y abonó la totalidad de las 84 cuotas estipuladas. Al solicitar la cancelación de la prenda, la demandada se negó argumentando que la actora registraba una deuda de $14.011.467,70, generada por la aplicación de una medida cautelar dictada en el proceso colectivo “Acosta”, la cual había reducido el monto abonado desde la cuota 29. La actora denunció que nunca fue notificada fehacientemente de su inclusión en dicha medida ni de la existencia de la deuda.
Resolución
- Resolución del caso: Se hace lugar parcialmente a la demanda, condenando a la proveedora a brindar información pormenorizada sobre la deuda reclamada y a abonar rubros por daño moral y punitivo, pero se rechaza la solicitud de cancelación de la garantía prendaria.
- Monto de daños mandados a pagar: Se ordena pagar la suma de $500.000 en concepto de capital por daño extrapatrimonial, más $68.595,71 en concepto de intereses devengados.
- Monto de daño moral: $500.000.
- Forma de actualización del monto de daño moral: Los intereses se calculan desde el 19/8/2024 hasta la fecha de la sentencia aplicando la tasa activa para operaciones en dólares publicada por el BCRA (Com. “A” 7847); a partir de la sentencia, se aplicará la tasa de interés moratorio (TIM) publicada por el BCRA.
- Monto de daño punitivo: El equivalente a cinco (5) Canastas Básicas Totales (CBT) del hogar tipo 3. Consideración de las “canastas básicas total para el hogar 3 del INDEC”: Al ser la resolución posterior al 01/12/2022 se tuvo en consideración el concepto de canastas básicas total para el hogar 3 del INDEC.
- Costas: Se imponen en un 70% a cargo de la proveedora demandada y en un 30% a cargo de la consumidora actora.
- Gratuidad: Se aplica a favor de la actora el beneficio establecido por el art. 53 de la Ley de Defensa del Consumidor, con el alcance de que (con excepción de la tasa de justicia y el aporte a la Caja) la porción de las costas impuestas a su cargo no le será exigible hasta tanto la demandada acredite la solvencia de la consumidora mediante incidente.
- Publicación de sentencia: Nada se dice al respecto.