Resolución: BAZAN c. NOBIS SALUD 2da instancia.pdf
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Carátula y datos de la causa
- Carátula del caso: “BAZAN, PABLO RAMIRO Y OTROS C/ NOBIS SALUD – ABREVIADO – OTROS – TRAM. ORAL”.
- Número de expediente: 9728841
- Fecha de la resolución: 24/05/2023
- Tribunal o Juzgado: Cámara de Apelaciones en lo Civil y Comercial, 7A Nominación, Córdoba, Argentina.
- Funcionarios firmantes: Rubén Atilio Remigio y Jorge Miguel Flores (Vocales de Cámara).
- Temas principales: Recurso de apelación; obras sociales; cuantificación de daños materiales, morales y punitivos, intereses aplicables.
Hechos
Los actores, Pablo Ramiro Bazán y Romina Soledad Gilio Carrera, en representación de su hijo Franchesco Bazán Gilio, menor con discapacidad, interpusieron demanda contra Nobis Salud por incumplimientos reiterados en la cobertura de servicios médicos esenciales. Franchesco, diagnosticado con Síndrome de West Refractario, necesitaba medicamentos, tratamientos y otros servicios médicos urgentes que fueron proporcionados tardíamente por la empresa demandada. Esta demora generó perjuicios financieros y emocionales significativos para su familia, obligándolos a realizar reiterados reclamos administrativos, enviar cartas documento y presentar acciones de amparo judicial para obtener la cobertura necesaria.
Resolución
- Resolución del caso: Se rechaza parcialmente el recurso de apelación interpuesto por Nobis Salud, manteniéndose la condena dispuesta en la primera instancia, salvo modificaciones puntuales respecto al “dies a quo” de los intereses.
- Monto de daños mandados a pagar: En concepto de daño material se confirma el monto de $100.000, pero se establece que los intereses correrán desde las fechas específicas de las erogaciones efectivas respaldadas por comprobantes.
- Daño moral: $800.000 para cada progenitor, sin modificaciones.
- Forma de actualización del monto de daño moral: Desde el 07/05/2018, aplicando la tasa pasiva promedio del Banco Central más el 2% mensual, hasta el efectivo pago.
- Daño punitivo: $3.000.000, sin cambios. Consideración del concepto de canastas básicas total para el hogar 3 del INDEC: No se consigna referencia alguna al concepto de “Canasta básica total”.
- Costas: Se imponen las costas de la apelación a la parte demandada.
- Gratuidad: Se mantiene el beneficio de justicia gratuita para los actores.
- Publicación de sentencia: Nada se dice al respecto.
Modificaciones respecto a la sentencia de primera instancia
- Intereses sobre el daño material: El “dies a quo” se modifica para los gastos respaldados por comprobantes. Los intereses correrán desde las fechas específicas de las erogaciones efectivas, mientras que para los gastos no documentados se mantiene la fecha inicial del 07/05/2018 como punto de partida.
- Otros aspectos: No se introducen modificaciones adicionales en las cuantificaciones de los daños ni en la imposición de costas o beneficios de gratuidad.