PIAZZA, GERARDO JUAN C/ FCA S.A. DE AHORRO PARA. FINES DETERMINADOS

Resolución: PIAZZA, GERARDO JUAN C/ FCA S.A. DE AHORRO PARA FINES DETERMINADOS.pdf

Carátula y datos de la causa

  • Carátula del caso: “PIAZZA, GERARDO JUAN C/ FCA S.A. DE AHORRO PARA. FINES DETERMINADOS – ORDINARIO”.
  • Número de expediente: 13320174
  • Fecha de la resolución analizada: 05/03/2026
  • Tribunal o Juzgado: Juzgado de Primera Instancia Civil, Comercial y de Familia, 1º Nom. Sec. 1, San Francisco, Córdoba.
  • Funcionarios firmantes: Romina Soledad Sanchez Torassa (Jueza de 1ra Instancia)
  • Temas principales: Incumplimiento contractual; planes de ahorro; deber de información.

Hechos

El Sr. Piazza suscribió un plan de ahorro con FCA S.A. para la adquisición de un vehículo Fiat Argo. El consumidor abonó un total de 58 cuotas pero el contrato fue rescindido el 16/09/2020 por falta de pago. Una vez finalizado el grupo, la demandada puso a disposición del actor sumas de dinero irrisorias y contradictorias en comparación con los haberes netos informados en sus propias comunicaciones. El consumidor intentó obtener información detallada sobre la liquidación del grupo, el balance técnico y el contrato de adhesión a través de cartas documento y reclamos ante Defensa del Consumidor.

Resolución

  • Resolución del caso: Se resuelve hacer lugar a la demanda de incumplimiento contractual.
  • Monto de daños mandados a pagar: $19.854.097,16 en concepto de reintegro de su haber de ahorro.
  • Monto de daño moral: $1.500.496.
  • Forma de actualización del monto de daño moral: Se aplica un interés moratorio del 8% anual desde la fecha de intimación (21/04/2023) hasta diez días después de la notificación de la sentencia, y a partir de allí la Tasa de Intereses Moratorios (TIM) reglamentada por el Banco Central de la República Argentina.
  • Monto de daño punitivo: $5.000.000. Cuantificación del monto de daño punitivo: Para la cuantificación del rubro daño punitivo no se tuvo en consideración el concepto de canastas básicas total para el hogar 3 del INDEC a pesar de ser la resolución posterior a la vigencia de la ley 27.701 que modificó al art. 47 de la Ley de Defensa del Consumidor.
  • Costas: Las costas se imponen en un 100% a cargo de la demandada.
  • Gratuidad: El actor solicitó e invocó el beneficio de justicia gratuita.
  • Publicación de sentencia: Se ordenó la publicación de la sentencia. La magistrada dispuso que la demandada comunique la condena por daño punitivo mediante publicación en sus páginas web oficiales por 30 días y de forma individual a sus suscriptores conjuntamente con los cupones de pago.