Resolución: ROMERO, ROCIO DAIANA c/ FCA S.A. DE AHORRO PARA FINES DETERMINADOS Y OTRO s/ ORDINARIO.pdf
Carátula y datos de la causa
- Carátula: “ROMERO, ROCIO DAIANA c/ FCA S.A. DE AHORRO PARA FINES DETERMINADOS Y OTRO s/ ORDINARIO”
- Número de expediente: 8795/2021
- Fecha de la resolución analizada: 05/08/2025
- Tribunal o Juzgado: Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial, Sala D.
- Funcionarios firmantes: Pablo D. Heredia; Gerardo G. Vassallo (Vocales de Cámara).
- Temas principales: Incumplimiento contractual; plan de ahorro previo automotor; entrega de vehículo en color diferente; principio de identidad del pago; intermediación y responsabilidad solidaria; regularización de cuotas.
Hechos
En mayo de 2020, la consumidora suscribió un plan de ahorro para adquirir un vehículo, resultando adjudicada posteriormente por licitación. Tras presentar el pedido especificando los colores, rechazó la unidad que se le entregaba debido a que no coincidía con los colores elegidos. Posteriormente se anuló la adjudicación.
Resolución
- Resolución del caso: Se confirma sustancialmente la condena por incumplimiento y la responsabilidad solidaria, con ajustes: la adjudicación deberá realizarse una vez que la actora cancele las cuotas adeudadas conforme las condiciones generales; la concesionaria no adjudica pero debe entregar la unidad que ponga a disposición la administradora.
- Monto de daños mandados a pagar: $ 200.000 por privación de uso (confirmado).
- Monto de daño moral: $ 350.000 (confirmado).
- Forma de actualización del monto de daño moral: Devenga intereses. La sentencia de primera instancia fijó intereses a la tasa que percibe el Banco de la Nación Argentina en operaciones de descuento comercial a 30 días, sin capitalización; la alzada confirma la procedencia de intereses sobre el daño moral.
- Monto de daño punitivo: Nada se dice. Consideración de las “canastas básicas total para el hogar 3 del INDEC”: Nada se dice.
- Costas: Primera instancia: A cargo de las demandadas vencidas (administradora y concesionaria). No hay doble imposición por “plus petición”; la condena en costas responde al principio de la derrota. Alzada: Recurso de FCA S.A. de Ahorro: Costas a su cargo, por su vencimiento. Recurso de Marinaro e Hijo S.A.: Sin imposición de costas, por silencio de la actora al memorial.
- Gratuidad: Nada se dice.
- Publicación de sentencia: Nada se dice.
Modificaciones respecto a la sentencia de primera instancia
- Condicionamiento de la nueva adjudicación: Se introduce como requisito previo que la actora se ponga al día con los pagos adeudados. El cálculo deberá realizarlo FCA S.A. de Ahorro dentro de 10 días, aplicando el valor móvil vigente al día del pago más intereses punitorios pactados (tasa activa BNA para operaciones comerciales) desde cada incumplimiento hasta el efectivo pago (conforme arts. 5.5 y 6.1 de las Condiciones Generales).
- Distribución funcional en la ejecución: Se aclara que la adjudicación corresponde a la administradora (FCA S.A. de Ahorro), mientras que la concesionaria (Marinaro e Hijo S.A.) debe efectuar la entrega de la unidad que le ponga a disposición la administradora, una vez cumplidas las condiciones.
- Confirmación de rubros resarcitorios: Se confirma el daño moral ($ 350.000) y la privación de uso ($ 200.000) e intereses.
- Costas en alzada: Se readecúan: FCA soporta las de su recurso; Marinaro sin imposición por falta de contestación del memorial por parte de la actora.