Resolución: MARQUARDT, PABLO ARIEL C. F.C.A S.A. DE AHORRO (1era instancia).pdf
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Carátula y datos de la causa
- Carátula del caso: “MARQUARDT, PABLO ARIEL C/F.C.A S.A. DE AHORRO PARA FINES DETERMINADOS – ABREVIADO – CUMPLIMIENTO/RESOLUCION DE CONTRATOTRAM.ORAL”
- Número de expediente: 11093228
- Fecha de la resolución: 30/08/2023
- Tribunal o Juzgado: Juzgado Primera Instancia Civil y Comercial, 19A Nominación, Córdoba.
- Funcionarios firmantes: Marcelo Adrián Villarragut (Juez de 1ra Instancia).
- Temas principales: Contrato de ahorro previo; conexidad contractual y responsabilidad solidaria; incumplimiento contractual; mora en la entrega del bien (automotor) y procedencia de la cláusula penal.
Hechos
El consumidor suscribió un plan de ahorro con la firma F.C.A. S.A. a través de la concesionaria “Auto del Sol S.A.” para adquirir un vehículo 0 km marca Fiat. El adherente resultó adjudicatario mediante licitación, solicitó un cambio de modelo abonando la suma respectiva y cumplimentó las obligaciones a su cargo. Se configuró un incumplimiento por demora en la entrega de la unidad superior a los plazos previstos contractualmente, habiéndose establecido judicialmente el vencimiento del plazo máximo el día 04/05/2021 y concretándose la entrega recién el día 22/07/2021. El consumidor reclamó tanto administrativa como extrajudicialmente el pago de la multa pactada en el contrato en concepto de cláusula penal para los supuestos de entrega tardía.
Resolución
- Resolución del caso: Se resuelve hacer lugar a la demanda, condenando a la administradora del plan de ahorro a abonar los rubros de daño moral y daño punitivo, y difiriendo la cuantificación de la multa contractual por mora en la entrega para la etapa de ejecución de sentencia.
- Monto de daños mandados a pagar: $2.100.000.
- Monto de daño moral: $600.000.
- Forma de actualización del monto de daño moral: Devengará una tasa de interés del 8% anual calculada desde la fecha del incumplimiento contractual fijada en el pleito (05/05/2021) hasta la fecha de la resolución; a partir de allí y hasta su efectivo pago, se aplicará la tasa pasiva del BCRA con más el 5% nominal mensual.
- Monto de daño punitivo: $1.500.000. Consideración de las “canastas básicas total para el hogar 3 del INDEC”: Para la cuantificación del rubro daño punitivo no se tuvo en consideración el concepto de canastas básicas total para el hogar 3 del INDEC a pesar de ser la resolución posterior a la vigencia de la ley 27.701 que modificó al art. 47 de la Ley de Defensa del Consumidor.
- Costas: Se imponen en su totalidad a la demandada vencida.
- Gratuidad: Nada se dice al respecto.
- Publicación de sentencia: Nada se dice al respecto.