GOMEZ ESTEBAN C/ TAM S.E.

Resolución: GOMEZ, ESTEBAN C. TAM S.E..pdf

Carátula y datos de la causa

  • Carátula del caso: “GOMEZ ESTEBAN C/ TAM S.E.- ORDINARIO- DAÑOS Y PERJ.- OTRAS FORMAS DE RESPONS. EXTRACONTRACTUAL”
  • Número de expediente: 4903176.
  • Fecha de la resolución analizada: 11/11/2021
  • Tribunal o Juzgado: Juzgado de Primera Instancia Civil Comercial, 35A Nominación, Córdoba.
  • Funcionarios firmantes: Mariano Andrés Díaz Villasuso (Juez de 1ra Instancia).
  • Temas principales: Contrato de transporte urbano de pasajeros; deber de seguridad; factor objetivo de responsabilidad; ruptura del nexo de causalidad por el hecho de un tercero (caso fortuito o fuerza mayor).

Hechos

El Sr. Gómez se encontraba el día 01/05/2006, junto con familiares, a bordo de un colectivo de la Línea R6 de TAM S.E., Al arribar a una de las paradas de la línea ascendió un grupo de personas que comenzó a disputar con otros sujetos ubicados en la parte trasera del habitáculo. Un tercero extrajo un arma de fuego de entre sus ropas y efectuó un disparo al azar, cuyo proyectil impactó en el antebrazo izquierdo del actor. Ante la emergencia médica, el conductor de la unidad dirigió el vehículo hacia un puesto de control policial, desde donde el personal respectivo procedió al traslado del damnificado hacia los establecimientos asistenciales.

Resolución

  • Resolución del caso: Se resolvió rechazar la demanda, al comprobarse que el evento dañoso acaeció por el hecho exclusivo de un tercero por quien la transportista no es civilmente responsable, fracturándose el nexo de causalidad.
  • Monto de daños mandados a pagar: Se rechazan los rubros.
  • Monto de daño moral: Se rechaza el rubro.
  • Forma de actualización del monto de daño moral: No corresponde.
  • Monto de daño punitivo: Nada se dice al respecto. Cuantificación del daño punitivo (Análisis canastas básicas INDEC): No corresponde.
  • Costas: Las costas procesales se imponen en su totalidad (100%) al consumidor.
  • Gratuidad: Se aplica al consumidor el beneficio de la justicia gratuita, eximiendo íntegramente al consumidor del pago de las mismas.
  • Publicación de sentencia: Nada se dice al respecto.